Preservando el Bienestar Laboral: Un vistazo a las licencias y los permisos laborales por motivos de salud

Artículo de opinión de Renán Herrera, Fundador & CEO del Estudio Herrera & Jara Abogados

Preservando el Bienestar Laboral: Un vistazo a las licencias y los permisos laborales por motivos de salud

En la actualidad, nuestro país no cuenta con una legislación específica que determine el caso particular de los permisos laborales para acudir a una cita médica programada, no obstante, nuestra Constitución Política y diversos tratados internacionales de naturaleza laboral sí plantean y consagran el derecho universal a la salud, lo cual involucra también el derecho de los trabajadores a gozar del permiso requerido cuando se trata de una cita médica.

Al no estar regulado este caso específico en nuestra legislación laboral nacional, queda abierta la posibilidad para que el empleador y el trabajador puedan plantear sus propias reglas internas, para dar solución a este asunto. El reglamento interno de trabajo o el propio texto del contrato de trabajo, podría eventualmente servir de herramienta para establecer las reglas de juego de estos permisos laborales, incluyendo la posibilidad de que dicho permiso sea compensado con trabajo en horas adicionales; siempre y cuando exista un acuerdo expreso entre ambas partes. Se recomienda en estos casos, celebrar y firmar un acuerdo entre el trabajador y el empleador.

Los permisos laborales para fortalecer la productividad y estabilidad laboral

Este recurso ofrece a los trabajadores el necesario espacio para recuperarse sin temor a represalias. Sin embargo; es crucial que las empresas fomenten un ambiente laboral donde la solicitud de estas licencias no se perciba como una muestra de debilidad o falta de compromiso laboral, sino más bien, como una medida preventiva que fortalece la salud integral de los trabajadores. Debemos tomar en cuenta que las licencias y permisos laborales por motivos de salud, no sólo constituyen un derecho inherente, sino que también son un componente esencial para asegurar la calidad de vida de los empleados y, por ende, la productividad y estabilidad laboral.

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Visto otro aspecto de este importante tema; tenemos que nuestra legislación laboral vigente sí contempla una regulación específica para los siguientes supuestos:

  1. Licencia por incapacidad temporal
  2. Licencia para exámenes de detección temprana para cáncer de mama y cuello uterino
  3. Permiso para continuar el tratamiento para la tuberculosis
  4. Licencias por familiares directos con enfermedad grave o terminal o que sufran accidente grave
  5. La licencia para la asistencia médica o rehabilitación para personas con discapacidad
  6. El permiso para atender a un familiar del trabajador que sea paciente con Alzheimer u otras demencias.

Incapacidad temporal por enfermedad o accidente

En el caso de la licencia por incapacidad temporal, ya sea por enfermedad o accidente, el trabajador suspende el vínculo laboral y da mérito a recibir un subsidio por incapacidad temporal en cuanto sean trabajadores afiliados regulares de EsSalud. Así pues, los trabajadores tendrán derecho a este subsidio a partir del vigésimo primer día de incapacidad temporal y hasta cuando termine la misma, con un plazo máximo de 11 meses y 10 días consecutivos en cada caso de enfermedad; en tanto el trabajador no realice un trabajo, pero igualmente perciba una remuneración mensual en dicho periodo de enfermedad.

Permisos laborales por detección temprana contra el cáncer de mama o cuello uterino

En cuanto a los exámenes de detección temprana contra el cáncer de mama o cuello uterino; las mujeres trabajadoras de la actividad pública y privada, incluida la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas; tienen derecho a un día al año de licencia con goce de haber, cuando concurran a realizarse los exámenes de detección temprana de cáncer de mama y de cuello uterino. El procedimiento, modo y plazos para la acreditación de los exámenes de detección temprana aquí referidos, se establecen en el reglamento de la Ley respectiva.

Permisos laborales para continuar el tratamiento para la tuberculosis

Por otro lado, el trabajador afectado por tuberculosis tiene derecho a ingresar una hora después del horario habitual o retirarse una hora antes para recibir el tratamiento supervisado. Esta medida se encontrará vigente hasta que culmine su tratamiento. Este trabajador afectado ejercerá este derecho coordinando con el médico tratante y lo comunicará a su empleador. Asimismo, en caso de que el médico tratante considere que las actividades laborales que realizaba el trabajador afectado pudiesen afectar su salud; éste podrá solicitar a su empleador le reasigne sus labores.

Licencias por familiares con enfermedad grave o terminal o que sufran accidentes graves

Finalmente; los trabajadores públicos o privados podrán gozar de una licencia remunerada por tener un familiar enfermo en estado grave o terminal o que sufra un accidente que ponga en serio riesgo su vida, con el objeto de asistirlo. Este puede ser hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente, o persona bajo su tutela. La referida licencia es otorgada por el plazo máximo de 7 días calendario, con goce de haber. De ser necesarios más días de licencia, estos son concedidos por un lapso adicional no mayor de 30 días, a cuenta del derecho vacacional.

El seguro de salud y la seguridad social son pilares fundamentales para respaldar estos derechos. Así, las licencias y permisos laborales por motivos de salud en Perú representan la materialización de un compromiso social y ético. La colaboración entre empleadores, trabajadores y autoridades para mejorar y adaptar continuamente estas políticas es esencial. Solo así podremos construir un entorno laboral más saludable, equitativo y sostenible para todos.

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